La ley trans no permite cambiar el género «de la noche al día», como ha afirmado el candidato popular Nacho Martín Blanco

Con la nueva ley trans, el trámite requiere que la persona primero solicite el cambio de género registral y que en un plazo máximo de tres meses vuelva a comparecer para ratificar la decisión.


¿Qué se ha dicho?

Que con la ley trans las personas pueden autodeterminarse el género de la noche al día.

¿Qué sabemos?

Con la nueva ley trans, el trámite requiere que la persona primero solicite el cambio de género registral y que en un plazo máximo de tres meses vuelva a comparecer para ratificar la decisión.

El candidato del Partido Popular por Barcelona, Nacho Martín Blanco, en una entrevista en Els Matins de TV3 preguntado por la ley trans ha afirmado que no se debe fomentar que una persona pueda "autodeterminarse de la noche al día" (minuto 14:47).

Sin embargo, realmente la ley trans no permite cambiar de género "de la noche al día". El trámite para modificar la mención registral del sexo requiere que la persona primero solicite el cambio, y en un plazo máximo de tres meses, vuelva a comparecer para ratificar la decisión. Después la persona encargada del Registro Civil tiene un mes para dictar resolución sobre el cambio registral. Aparte de los plazos legales, hay que añadir la demora de la administración, ya que pedir una cita previa en el Registro Civil puede conllevar varios meses de espera. Te lo explicamos.

"No creo que se tenga que fomentar desde las administraciones públicas la idea de que uno puede autodeterminarse de la noche al día" [preguntado por la ley trans]

Nacho Martín Blanco (PP)

La ley trans no prevé que el trámite para el cambio de sexo en el Registro Civil se realice sólo en un día. La ley establece en el artículo 44 que el cambio de sexo en el Registro requerirá que la persona solicitante comparezca dos veces: la primera para solicitar el cambio y, en un plazo máximo de tres meses, una segunda vez para confirmar la decisión. 

Nacho Martín Blanco ha clarificado a Verificat que la expresión "de la noche al día no era literal", sino que considera que el trámite es "demasiado rápido."

Así lo especifica el punto 8 del artículo 44: "La persona encargada del Registro Civil deberá citar a la persona legitimada para que comparezca de nuevo y ratifique su solicitud, aseverando la persistencia de su decisión".

"Reiterada y ratificada" la solicitud, como dice la ley, la persona encargada del Registro Civil dictará resolución sobre la "rectificación registral" en un plazo máximo de un mes desde la segunda comparecencia. Por lo tanto, el plazo se puede alargar, como máximo, 4 meses, contando los 3 para ratificar la decisión y el mes para dictar la resolución. Así también lo explicaba la ministra de Igualdad en junio de 2022 en la rueda de prensa tras aprobar en segunda vuelta la ley en el Consejo de Ministros: "Todo este proceso deberá realizarse en un plazo máximo de 4 meses".

Sin embargo, el consultor en Derechos Humanos y LGTBI Francisco Peña, ya afirmó hace unos meses a VerificaRTVE que este proceso incluso podría alargarse porque se deben tener presentes los atrasos de cada Registro Civil.

El día que se publica esta verificación, el Registro Civil número 3 de Barcelona -el que gestiona las tramitaciones de cambios de nombre y sexo registral- no ofrece citas hasta el 16 de octubre de 2023, sumando así tres meses más de espera. El de Barcelona es la única oficina del Registro Civil que ofrece citas previas a través de la página web del Ministerio de Justicia.

Captura de pantalla de la página de solicitudes de cita previa para realizar el cambio registral de sexo en el Registro Civil n.3 de Barcelona.