El Tribunal de La Haya no ha afirmado que la voluntad democrática prevalezca sobre la legalidad constitucional

La Haya no ha afirmado nunca que cuando hay contradicción entre la legalidad constitucional de un estado y la voluntad democrática, prevalga esta segunda


En las últimas horas se ha viralizado un tuit del cantautor Lluís Llach con una supuesta cita de un dictamen del tribunal de La Haya (el Tribunal Internacional de Justicia) sobre Kosovo. Como ya verificamos en noviembre de 2019, es FALSO. La Haya reconoció que la declaración de independencia de Kosovo no violó el derecho internacional, pero no ha afirmado nunca que cuando hay contradicción entre la legalidad constitucional de un estado y la voluntad democrática prevalece esta segunda.

Este dictamen se ha utilizado erróneamente en más de una ocasión: en enero 2013, por ejemplo, el juez Santi Vidal lo afirmó en un acto de la Assamblea Nacional Catalana (en el minuto 1:52:11) y en diciembre de aquel año, la periodista Pilar Rahola le planteó este tema a Albert Rivera, entonces diputado de Ciutadans en el Parlament, en una tertulia en 8TV (en el minuto 7:00).

El texto que adjunta Llach en su tuit (el mismo que citaron Vidal y Rahola y que hace tiempo circuló por WhatsApp y Facebook) hace referencia a la opinión consultiva que emitió la Corte Internacional de Justicia el 22 de julio de 2010 sobre la conformidad con el derecho internacional de la declaración unilateral de independencia de Kosovo.

“El Tribunal Internacional de Justícia de La Haia té establert al respecte, mitjançant sentència de 22 de juliol de 2010: «Declarem que quan hi ha una contradicció entre la legalitat constitucional d'un Estat i la voluntat democràtica preval aquesta segona i declarem que, en una societat democràtica, a diferència d'una dictadura, no és la llei la que determina la voluntat dels ciutadans, sinó que aquesta és la que crea i modifica quan sigui necessari la legalitat vigent»”.

“El Tribunal Internacional de Justicia de La Haya tiene establecido al respeto, mediante sentencia de 22 de julio de 2010: «Declaramos que cuando hay una contradicción entre la legalidad constitucional de un Estado y la voluntad democrática prevalece esta segunda y declaramos que, en una sociedad democrática, a diferencia de una dictadura, no es la ley la que determina la voluntad de los ciudadanos, sino que ésta es la que crea y modifica cuando sea necesario la legalidad vigente»”.

La opinión consultiva sobre la independencia de Kosovo

El texto publicado por el tribunal el 22 de julio de 2010 no es una sentencia del Tribunal, sino de una opinión consultiva que respondía a la petición hecha por la Asamblea General de las Naciones Unidas en 2008. La Corte Internacional de Justicia (CIJ) es “el principal órgano judicial de las Naciones Unidas” y tiene una doble vertiente: “emite opiniones consultivas respecto de cualquier cuestión jurídica” (artículo 65 del Estatuto de la CIJ) y resuelve controversias jurídicas entre los estados, por ejemplo, sobre la interpretación de un tratado, sobre cuestiones de derecho internacional o sobre posibles violaciones de obligaciones internacionales (artículo 36). Y es en su competencia de emitir opiniones consultivas que se pronunció sobre la declaración de independencia de Kosovo.

La opinión consultiva concluía, con diez votos a favor y cuatro en contra, que “la declaración de independencia de Kosovo aprobada el 17 de febrero de 2008 no violó el derecho internacional”. La Corte, además, consideraba en su punto 84 de la opinión que “el derecho internacional general no contiene ninguna prohibición de las declaraciones de independencia”.

Un fragmento del análisis jurídico del Colegio de Abogados

Ahora bien, la Corte Internacional no declaró que “cuando hay una contradicción entre la legalidad constitucional de un Estado y la voluntad democrática prevalece esta segunda” ni que “en una sociedad democrática, a diferencia de una dictadura, no es la ley la que determina la voluntad de los ciudadanos, sino que esta es la que crea y modifica cuando sea necesario la legalidad vigente”, como dice el mensaje viral. Estos dos fragmentos no aparecen en la sentencia de la Corte sobre Kosovo, sino que provienen de un análisis jurídico sobre el derecho de autodeterminación que hizo la comisión de defensa de los derechos de la persona del Ilustre Colegio de Abogados de Barcelona.

El texto en cuestión afirmaba que Catalunya se encontraba “ante una posible contradicción entre dos legitimidades: la de la legalidad constitucional vigente y la voluntad democráticamente manifestada de una comunidad nacional”, pero no añadía que la segunda prevalezca sobre la primera. El segundo fragmento sí que era textual, y el análisis publicado argumentaba que “en una sociedad democrática, a diferencia de una dictadura, no es la ley la que determina la voluntad de los ciudadanos, sino que es ésta la que crea y modifica la legalidad”.

Un tema habitual 

No es la primera vez que esta opinión consultiva de La Haya es utilizada erróneamente para argumentar la viabilidad de la independencia de Catalunya. El primero que  habló fue el juez Santi Vidal en un acto del ANC el 25 de enero de 2013 (en el minuto 1:52:11). Meses más tarde, Pilar Rahola usó el mismo argumento en una tertulia en 8 al día de 8TV con Albert Rivera, entonces diputado de Ciutadans en el Parlamento, el 18 de diciembre de 2013.

Al cabo de unos días, pero, la misma Rahola reconoció en El Món a RAC1 (en el minuto 4:46) que la frase literal que leyó no existe. De hecho, según explicó, Rahola ya había reconocido el error al día siguiente de la tertulia con Rivera en 8 al día. Quien también habló de este falso fragmento fue el periodista Jaume Barberà en la tertulia de El Món a RAC1 del 19 de diciembre de 2013 (en el minuto 19:13) y, según se explicó a RAC1 y relataron otros diarios, la entonces presidenta de la Asamblea, Carme Forcadell, se  refirió en un artículo en su blog que modificó posteriormente.

En aquel momento, los diarios Ara, La Razón (que incluso  habló en la portada), Crónica Global y Economía Digital hicieron artículos aclarando y explicando el dictamen de la Corte Internacional de Justicia. Era la época en que los partidos soberanistas acababan de anunciar la pregunta de la consulta del 9N de 2014 y el debate sobre la legalidad y legitimidad de la autodeterminación y de las declaraciones unilaterales de independencia estaba sobre la mesa. Meses antes, Miquel Strubell ya  había hablado en su blog.

De hecho, el mismo Jaume Barberà explica este episodio en su libro 9N 2014 (Ediciones B, 2014) donde se  refiere de este modo: “A que suena bien? A que fortalece nuestros argumentos? A que es lo que tendría que ser? Pues, no! Lo que yo leí no existe. Es falso. Y mi error fue no comprobar la veracidad de lo que leía, es decir, saltarme uno de los principios básicos del periodismo. Y por eso reconocí el error y pedí disculpas”.

La referencia a esta sentencia también aparece, por ejemplo, en el libro Servir Catalunya: Artur Mas. L'home, el polític, el pensador, de Teresa Pous (Ara Llibres, 2013), en un artículo de opinión de el Diario de Balears de noviembre de 2013, en dos artículos de opinión de El Punt Avui publicados en agosto de 2015 y en octubre de 2017, en una carta al director de El Periódico de Catalunya publicada el 30 de abril de 2017 y titulada “La Haya nos dará la razón a los independentistas” y en un artículo publicado en llibertat.cat hace cinco meses.