La universalización de la sanidad no es un “Black Friday” de operaciones gratuitas en España

Circula en redes una oferta que promete a personas colombianas un paquete para volar a España y operarse del corazón, pero nada indica que sea cierta

Circula en redes una oferta que promete a personas colombianas un paquete para volar a España y operarse del corazón, pero nada indica que sea cierta

Captura del anuncio de Colombia para operarse en España gratis por la sanidad pública.
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¿Qué se ha dicho?

Que hay anuncios en Colombia que ofrecen lotes para operarse en España de manera gratuita gracias a la nueva ley de acceso universal a la sanidad pública y a la regularización de migrantes en situación irregular.

¿Qué sabemos?

Que para acceder al sistema de sanidad público es necesario acreditar que España es el sitio de residencia habitual y que el paciente no puede obtener cobertura por ninguna otra vía, y que España tiene un convenio bilateral con Colombia en materia de sanidad.

Circulan mensajes en redes sociales compartiendo un supuesto anuncio dirigido a personas residentes en Colombia en el que se promociona un paquete para realizarse una cirugía de bypass coronario en España por 2.000 euros, vuelos incluidos, a cargo del “sistema público de salud” y gracias a la “tramitación de residencia bajo la nueva ley de extranjería”.

No hemos encontrado el anuncio publicado en ninguna página colombiana ni evidencia de que sea real. La publicación hace referencia a un nuevo real decreto aprobado el 10 de marzo que reconoce el derecho universal de acceso a la salud, también para las personas extranjeras en situación irregular. Sin embargo, para acceder será necesario certificar la residencia habitual en España mediante un certificado de empadronamiento u otros documentos que lo acrediten. ¡Te lo explicamos!

«Cirugía de bypass coronario gratuita en España. Sistema público de salud. Vuelos + cirugía + traslados por solo 2.000 euros. Vuelo desde Colombia […] Tramitación de residencia bajo la nueva ley de extranjería»

El turismo sanitario, definido como la práctica de viajar para recibir un tratamiento médico, se practica en España sobre todo en la sanidad privada, según un estudio del Ministerio de Salud de 2013. El informe identificó, no obstante, casos crecientes en la sanidad pública. Los vinculaba sobre todo con situaciones de fraude, como residir en España el tiempo mínimo necesario para cumplir los requisitos de acceso, y con ciudadanos de otros Estados de la Unión Europea que se desplazan a España para ser tratados por el sistema sanitario público —y que no podrán beneficiarse de la nueva medida aprobada por el Gobierno español.

Sin pruebas de que la campaña fraudulenta sea real

El anuncio que promete un paquete de viaje y bypass coronario para personas colombianas circula, al menos, desde la noche del 10 de marzo, día en que el Consejo de Ministros aprobó el Real Decreto 180/2026 que garantiza el acceso universal a la sanidad pública española.

Ahora bien, no hemos encontrado evidencia de que se corresponda con una campaña real ni de que haya circulado por América Latina. Una búsqueda inversa no arroja ningún caso en el que la imagen se haya usado como promoción: todas las personas que la comparten lo hacen posicionándose en contra.

Verificat se ha puesto en contacto con entidades de verificación de América Latina, que tampoco han detectado que la imagen circule entre grupos locales en redes sociales ni a través de WhatsApp. Es el caso de Chequeado (con sede en Argentina), y de La Silla Vacía (Colombia). Preguntado por Verificat, el Ministerio de Sanidad califica la publicación de “timo”, ya que“hay un proceso administrativo que exige una documentación mínima” y no consiste simplemente en “presentarse en un centro sanitario”.

Preguntado por la posibilidad de que la medida abra la puerta a la venta de paquetes turísticos sanitarios similares, Javier Padilla, secretario de Estado de Sanidad, ha afirmado a Europa Press que la redacción de la nueva legislación “impide el establecimiento de este tipo de paquetes turísticos”. Sin embargo, ha reconocido que el Gobierno español no puede “garantizar” que no existan empresas que “intenten engañar y estafar a la población extranjera enferma”.

Acreditar la residencia, un requisito indispensable

Padilla justificaba sus declaraciones haciendo referencia a la redacción del real decreto, que exige explícitamente acreditar que la persona que solicita acceder al sistema de salud reside en España de manera habitual.

Para ello será necesario presentar un certificado de empadronamiento actualizado en una localidad española, según explica el portal web publicado por el Ministerio de Sanidad, que también prevé alternativas. En caso de que la persona no disponga del documento, podrá presentar cualquiera de los siguientes como prueba de residencia:

  • Un certificado de matriculación en un centro educativo público.
  • Un certificado de escolarización del menor en un centro educativo público.
  • Una carta de viaje emitida por el consulado.
  • Un certificado de registro de visitas emitido por un servicio social con sede en España.
  • Facturas de suministros a nombre del solicitante que acrediten su domicilio.
  • Una cédula de inscripción de la policía o la Fiscalía.
  • Un documento de inscripción consular.
  • Un certificado emitido por un centro de la red pública de centros de migraciones.

Además, las personas solicitantes deberán presentar un documento identificativo y una declaración responsable que acredite que no tienen cobertura por otra vía (residentes en la Unión Europea o en países con convenios bilaterales), que no pueden exportar el derecho de cobertura desde su país de origen y que no existe un tercero obligado a efectuar el pago. En caso de proceder de un país que España haya determinado que debe proporcionar asistencia, será necesario un certificado de la institución competente en salud del país que acredite que no le corresponde hacerse cargo del tratamiento.

El Ministerio de Sanidad explica a Verificat que España tiene convenios bilaterales en materia de seguridad social con Colombia, motivo por el cual sería necesario un documento que certificara que el paciente “no puede exportar el derecho” a que el sistema de salud colombiano cubra el coste de la operación.

¿Qué cambia el nuevo real decreto de sanidad universal?

El 10 de marzo, el Consejo de Ministros aprobó el Real Decreto 180/2026, que reconoce el derecho a recibir atención sanitaria con cargo a fondos públicos de las personas extranjeras en situación irregular en España.

La ley pretende homogeneizar la aplicación del principio de universalidad de la cobertura sanitaria en todo el Estado y eliminará barreras de acceso, como el tiempo mínimo de empadronamiento de tres meses que exigían la Comunidad de Madrid o Andalucía para obtener la tarjeta sanitaria individual, que reconoce el derecho de acceso, según explica el Ministerio de Sanidad. En Catalunya no existía un tiempo mínimo de empadronamiento para acceder a la tarjeta sanitaria y, por tanto, la normativa recién aprobada no implicará ningún cambio en la práctica catalana en este aspecto.

El real decreto dará un acceso inmediato temporal al sistema público de salud a las personas que lo soliciten y cumplan los requisitos, mientras se resuelve su solicitud en un plazo de tres meses.

El real decreto incluye una protección especial para menores, mujeres embarazadas, solicitantes de asilo y colectivos con necesidades especiales como víctimas de violencia de género y violencias sexuales, víctimas de trata de seres humanos, casos de enfermedades de declaración obligatoria y mujeres que soliciten acceder al aborto, entre otros regímenes de protección específicos.

El Gobierno español ya recogía, desde 2018, el derecho a la atención sanitaria de las “personas extranjeras no registradas ni autorizadas como residentes” en España “en las mismas condiciones que las personas con nacionalidad española”, de acuerdo con una modificación de la ley de 2003. Al mismo tiempo, autorizaba que cada comunidad autónoma decidiera cuál sería el procedimiento para emitir un certificado que les permitiera acceder al sistema de salud.

Cambios para personas con nacionalidad española

El real decreto amplía la cobertura a personas de origen español que residan en el extranjero y a sus familiares (cónyuges y descendientes menores de 26 años o con discapacidad) en caso de desplazamiento temporal o retorno a España.

Por otra parte, modifica la cantidad máxima que deberán aportar los pacientes de ortoprótesis según sus ingresos y exime a quienes ya estaban amparados por las exenciones de prestación farmacéutica ambulatoria.