Disputa entre Salvador Illa y Sílvia Orriols: ¿quién es el máximo responsable de la seguridad en Ripoll?
El Govern es el órgano superior de Catalunya en materia de seguridad, pero en un municipio los alcaldes también representan la autoridad
El Govern es el órgano superior de Catalunya en materia de seguridad, pero en un municipio los alcaldes también representan la autoridad

¿Qué se ha dicho?
Tanto Sílvia Orriols como Salvador Illa defienden tener la máxima responsabilidad en la seguridad de Ripoll.
¿Qué sabemos?
No existe un solo cargo que asuma la «máxima responsabilidad» de la seguridad en un municipio: cada institución tiene distintas competencias, que no se estructuran de forma jerárquica.
La presidenta de Aliança Catalana y alcaldesa de Ripoll, Sílvia Orriols, y el president de la Generalitat, Salvador Illa, protagonizaron un intercambio de reproches sobre sus respectivas responsabilidades en materia de seguridad, durante la sesión de control en el Parlament del miércoles 29 de abril (minuto 34:10). Orriols le recordó al president que ella es “la máxima responsable en seguridad” en Ripoll, el municipio que gobierna desde 2023, mientras que Illa respondió que esta responsabilidad le corresponde a él en toda Catalunya, “también en Ripoll”.
En realidad, no existe un solo cargo que ejerza la máxima responsabilidad en un municipio, según explica a Verificat Josep Maria Aguirre, profesor titular de derecho administrativo en la Universidad de Girona. Tanto la Generalitat como los ayuntamientos tienen diferentes competencias en el ámbito de la seguridad, que “no se estructuran de forma jerárquica”. ¡Te lo explicamos!
«¿Le debo recordar que soy yo la máxima responsable de seguridad en mi municipio, señor Illa?»
Sílvia Orriols, Aliança Catalana
«El máximo responsable de la seguridad en Catalunya no es usted; lo soy yo, también en Ripoll.»
Salvador Illa, president de la Generalitat
“No hay un máximo responsable de seguridad en un municipio”, recuerda Aguirre. Tanto los Mossos d’Esquadra, bajo el mando del Govern, como las policías locales, dirigidas por los alcaldes, tienen unas funciones asignadas por ley. Mientras que el Govern tiene la responsabilidad de garantizar la seguridad ciudadana en todo el territorio, los alcaldes son los máximos comandantes de las policías locales.
Distribución de competencias sin una clara jerarquía
El Govern es el órgano superior de Catalunya en materia de seguridad, según dispone el artículo 4 de la Ley de Seguridad Pública aprobada por el Parlament en 2003. Dentro del Govern, quien dirige la política de seguridad es la consellera de Interior y Seguridad Pública, actualmente, Núria Parlon. Quien, a su vez, depende orgánicamente del president, Salvador Illa, como establece la Ley de la presidencia de 2008. La consellera también ejerce el mando superior de los Mossos d’Esquadra.
El mismo artículo de la ley de seguridad pública, sin embargo, indica que los alcaldes “son también autoridades superiores en materia de seguridad en el marco de sus competencias”, y les atribuye la dirección de la política de seguridad de su municipio y la presidencia de la junta local de seguridad, donde colaboran y se coordinan todos los cuerpos en una localidad. Como alcaldesa, Orriols también tiene el mando superior de la policía local de Ripoll.
Ahora bien, la misma ley matiza que la coordinación de todas las policías locales recae en la consellera de Interior, y que las alcaldías deben actuar de acuerdo con “las competencias respectivas y en el marco de las determinaciones del Plan general de seguridad de Catalunya”. Definir este plan es competencia exclusiva de Interior y una de sus funciones es, precisamente, diseñar las directrices para los planes locales de seguridad.
Otros marcos reguladores, como la Constitución o el Estatut, hacen referencia al papel como coordinador del Govern de la Generalitat, pero no detallan las delimitaciones de responsabilidades. El artículo 164 del Estatut, que desarrolla competencias constitucionales, indica que “le corresponde a la Generalitat el mando supremo” del cuerpo de los Mossos d’Esquadra y “la coordinación de la actuación de las policías locales”.
Para determinar los criterios y los límites de esta coordinación y hacer posible que los ayuntamientos puedan elaborar reglamentos internos propios, se creó la Ley de las policías locales de Catalunya de 1991. Esta normativa establece que “la legislación específica de régimen local, tanto la estatal como la autonómica, consagra el principio de autonomía municipal y otorga a los municipios competencias propias en materia de seguridad en lugares públicos, ordenación del tráfico y protección civil”. Añade, también, que la policía local debe ser “comandada operativamente por el jefe del cuerpo, bajo el mando superior del alcalde”.
Otros actores también tienen responsabilidades en seguridad
A pesar de que el Govern tiene potestad sobre los Mossos y los ayuntamientos la tienen sobre las policías locales, hay más actores institucionales con competencias sobre la policía y la seguridad. Es ejemplo la policía judicial, que actúa bajo órdenes de jueces y juezas, tribunales y la fiscalía. Compuesta por agentes de todos los cuerpos de seguridad, tiene la función de “averiguar delitos” y efectuar detenciones, según el artículo 126 de la Constitución. Sobre estas funciones, ni la consellera de Interior ni la alcaldesa de un municipio tienen competencias.
Por otra parte, el ministerio del Interior también puede tener responsabilidades de seguridad en municipios catalanes, según ejemplifica Aguirre. La Guardia Civil y la Policía Nacional, que dependen del Estado, tienen algunas competencias en seguridad en Catalunya, como detalla una guía de la Diputació de Barcelona. Mientras que la Guardia Civil se encarga de investigaciones sobre armas y explosivos, contrabando o el transporte de presos, el Cuerpo Nacional de Policía tiene responsabilidades en materia de extranjería, el control de fronteras o la persecución de delitos de drogas.