La vivienda protegida no se otorga según la nacionalidad, como dicen falsamente decenas de usuarios en redes

Los adjudicatarios con NIE son una minoría entre las viviendas de protección adjudicadas en Cataluña

Los adjudicatarios con NIE son una minoría entre las viviendas de protección adjudicadas en Cataluña

Publicació a X que acusa els migrants de rebre més adjudicacions d'habitatge protegit.
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¿Qué se ha dicho?

Que la administración facilita la adquisición de vivienda protegida a personas extranjeras o, incluso, «musulmanas».

¿Qué sabemos?

Que las promociones de vivienda pública no contemplan a la nacionalidad extranjera como un requisito imprescindible ni favorecedor para adquirir una vivienda pública. Que la ley obliga a los extranjeros a tener residencia legal en España para acceder a una vivienda protegida.

Decenas de cuentas en redes sociales han hecho circular un corte de una noticia del “Telenotícies” de 3Cat del 28 de marzo, sobre la adjudicación de pisos de una promoción de vivienda pública de alquiler en el barrio barcelonés de la Barceloneta, con el que sugieren que la administración facilita la adquisición de vivienda protegida a las personas extranjeras o, incluso, «musulmanas». El fragmento del vídeo corresponde a la entrevista a una de las familias inquilinos de la nueva vivienda protegida, una pareja con dos criaturas, e identifica al hombre como Abdul Jalil, mientras que de la mujer, que lleva un hiyab, no se especifica el nombre (minuto 00:29). El vídeo también lo ha republicado el portavoz de Vox en Cataluña, Joan Garriga, en su cuenta en X, citando «un nuevo caso de adjudicación de vivienda pública donde el beneficiario no tiene nombre español».

La pieza de 3Cat no explicita en ningún caso ni la nacionalidad ni la creencia religiosa de los inquilinos. En cualquier caso, las promociones de vivienda pública no incluyen la nacionalidad ni la religión como requisitos necesarios ni favorecedores para acceder a una vivienda pública. Los migrantes que quieran acceder a una vivienda pública deben demostrar su residencia legal en España y participar en igualdad de condiciones con el resto de ciudadanos. Además, la promoción específica de la Barceloneta contempla viviendas reservadas para jóvenes, familias monoparentales y vecinos del barrio, pero no para personas con nacionalidad extranjera. ¡TE LO EXPLICAMOS!

«Un nuevo caso de adjudicación de vivienda pública donde el beneficiario no tiene nombre español»

Los adjudicatarios con NIE son una minoría

Entre 2024 y 2025 (hasta septiembre), del total de los adjudicatarios de viviendas de protección oficial en Cataluña, el 85% eran personas con NIF (que, en general, coincide con el DNI), mientras que otro 14% eran personas con NIE, el documento identificativo de las personas extranjeras que están en situación regular. Son datos de la Agencia de Vivienda de Cataluña a Verificat después de una solicitud de información pública.

No existen estadísticas sobre adjudicaciones de viviendas públicas según la nacionalidad o la religión de los adjudicatarios.

No hay rastro de requisitos de nacionalidad en la normativa

En las normativas aplicables a las solicitudes de viviendas de protección oficial, no existe ninguna cláusula que favorezca a los extranjeros, ni a las personas nacidas en terceros países, antes que a las nacidas en el Estado español. Los requisitos que faciliten determinados perfiles están indicados en la convocatoria de cada promoción de viviendas.

La ley orgánica estatal de extranjería fija que, para tener derecho a acceder al sistema público de ayudas a la vivienda, los extranjeros deben tener residencia legal en España (artículo 13). En situación irregular, los extranjeros están excluidos de ese derecho, como explica la Fundación Fomento de Estudios Sociales y Sociología Aplicada (FOESSA), impulsado por Cáritas. La ley deja en manos de las administraciones competentes el resto de los términos.

En Cataluña, los requisitos imprescindibles para poder ser incluido en el registro de solicitantes de viviendas de protección oficial (artículo 7 del decreto 106/2009) son: 

  • Ser mayor de edad o estar emancipado.
  • Tener necesidad de vivienda.
  • Residir en un municipio de Cataluña, acreditado por el empadronamiento.
  • Cumplir con el mínimo de ingresos máximos y mínimos.
  • No hallarse en circunstancias de exclusión.
  • No hallarse incapacitado para firmar nuevos contratos.

Las adjudicaciones se hacen siguiendo “el orden de la lista y en la forma que se determine en la convocatoria” (artículo 37 del decreto catalán).

En cuanto a la ciudad de Barcelona, ​​la Ley de Vivienda de Cataluña (disposición adicional vigésima segunda) otorga al municipio un régimen especial por su registro de solicitantes de vivienda de protección oficial, que se desarrolla en un reglamento del Consorcio de la Vivienda de Barcelona.

La regla de Barcelona transpone en el artículo 7 los mismos requisitos que el decreto catalán. Además, para las personas extranjeras, detalla que, en caso de no tener nacionalidad española o de algún país de la Unión Europea, deben estar en posesión del permiso de residencia y mantenerlo vigente durante toda la duración de la inscripción en el registro y del proceso de adjudicación de la vivienda. Este permiso debe ser de carácter permanente si es para una vivienda en propiedad.

Reservas para jóvenes, familias monoparentales y vecinos del barrio

Las bases específicas de la promoción de vivienda pública de la Barceloneta, situada en los números 44 y 45 del paseo Joan de Borbó, especifican tres tipologías de perfiles a los que reservar una parte de la oferta: jóvenes menores de 35 años, familias monoparentales y vecinos del barrio de la Barceloneta. No existe ninguna vivienda de la promoción reservada en concreto para personas con nacionalidad extranjera. Las reservas están detalladas en el punto quinto de las bases.

Los procesos de adjudicación de las viviendas de protección oficial en Barcelona son públicos, y todos sus documentos se publican sistemáticamente en la página de convocatorias en curso del Consorcio de la Vivienda de Barcelona, ​​como el resumen de la promoción, la resolución de inicio del procedimiento y la resolución de adjudicación de las viviendas.

Mensajes repetitivos para atacar a los migrantes

Las publicaciones contra los migrantes se enmarcan dentro de las narrativas amplias que se repiten afirmando, falsamente, que las personas extranjeras reciben más ayudas sociales por el hecho de serlo.

En otras ocasiones, hemos encontrado publicaciones que afirman erróneamente que existe una discriminación positiva hacia los migrantes en el momento de otorgar la renta garantizada de ingresos o también en la adjudicación de vivienda pública.

Como explicamos en nuestro portal Las mentiras alimentan el odio, un estudio de la OCDE afirma que, entre 2006 y 2018, y en todos los países analizados, los migrantes contribuyen más en impuestos y cotizaciones de lo que los gobiernos gastan en su protección social, educación y sanidad.