El vídeo del Ministerio de Justicia que explica cómo cancelar los antecedentes penales es real, pero de 2022

La cancelación de los antecedentes penales está contemplada en el Código Penal desde 1995

La cancelación de los antecedentes penales está contemplada en el Código Penal desde 1995

Captura de pantalla de la piulada del Ministeri de Justícia sobre la cancel·lació dels antecedents penals.
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¿Qué se ha dicho?

Que el Ministerio de Justicia ha compartido un vídeotutorial para aprender a cancelar los antecedentes penales.

¿Qué sabemos?

Que el vídeo es real, pero de 2022. Que la cancelación de los antecedentes penales está contemplada en el artículo 136 del Código Penal desde 1995.

Corre por redes la captura de pantalla de un tuit del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes en el que la entidad comparte un vídeo en el que explica “paso a paso cómo solicitar la cancelación de antecedentes penales”. El contenido, que se ha viralizado en el contexto de la regularización extraordinaria de personas extranjeras actualmente en trámite, es real, pero data del 12 de junio de 2022.

La publicación se dirigía a las personas que quieren «obtener la nacionalidad española» o llevar a cabo los trámites para «sacar o renovar permisos de residencia», pero la cancelación de antecedentes penales no es un trámite dedicado exclusivamente a las personas extranjeras. Pueden pedirla “todos los particulares condenados por sentencia firme que hayan extinguido su responsabilidad penal”, tal y como detalla el Ministerio de Justicia en su web.

De hecho, la cancelación de los antecedentes penales está recogida en el artículo 136 del Código Penal desde 1995, y el concepto aparece en versiones anteriores, incluso de 1944. El texto establece que la podrán pedir las personas que, una vez hayan completado la condena, no hayan delinquido en cierto plazo, que varía en función de la gravedad de la pena:

  •  Seis meses para las penas leves.
  • Dos años para las penas que no excedan de 12 meses y las impuestas por delitos imprudentes.
  • Tres años para el resto de penas menos graves inferiores a tres años.
  • Cinco años para el resto de penas menos graves iguales o superiores a tres años.
  • Diez años para penas graves.

En el caso de los delitos sexuales que involucran a un condenado mayor de edad y una víctima menor, el plazo previsto en el Real Decreto 1110/2015 es de 30 años.

El vídeo del Ministerio de Justicia ya no existe

El vídeo que adjuntaba el tuit del Ministerio de Justicia ha sido borrado de YouTube. El pie de vídeo de su versión archivada de 12 de junio de 2022, sin embargo, detalla el “proceso de robotización que realiza la cancelación automatizada […] de aquellas personas condenadas que han extinguido su responsabilidad penal”. Llevada a cabo en 2021, el Ministerio calculaba que ese año unas 242.000 personas recibieron su historial penal limpio sin haberlo pedido. 

Una nota de prensa del Ministerio al respecto, publicada el 8 de junio, explicaba que durante 2022 se había implementado un cambio en el algoritmo de la automatización que había permitido cancelar otras 121.128 causas.

Maldita.es y Newtral, miembros como Verificat de las redes internacionales de verificación IFCN y EFCSN, ya contextualizaron el tuit cuatro años atrás.