18/11/2020
Los miembros de ERC del Govern han abandonado este martes por la mañana la reunión del comité ejecutivo de crisis por el Covid-19, en protesta por las filtraciones a la prensa del plan de reapertura que se está discutiendo. Desde el Parlamento, el vicepresident del Govern con funciones de presidente, Pere Aragonès, ha pedido "que nadie haga caso de filtraciones" y ha añadido: "si hay medios que critican las filtraciones, que no las publiquen tampoco". En este sentido, ha pedido "responsabilidad a todos los medios de comunicación".
Pero, ¿de quién es la responsabilidad de frenar las filtraciones?
En el Código Deontológico del Col·legi de Periodistes de Catalunya no hay ninguna referencia concreta al periodismo de filtración, pero sí que hay dos criterios generales que los medios tienen que aplicar a su trabajo que están relacionados:
El Libro de Estilo de la Corporació Catalana de Mitjans Audiovisuals sí que hace una referencia al uso de filtraciones:
"Somos cautelosos con las fuentes interesadas que recurren a nuestros medios para que difundamos una información que presentan como confidencial. Detrás de lo que en argot periodístico se conoce como filtración hay un interés que quizás no se expresa abiertamente. Valoramos el interés informativo de la filtración y solo la difundimos si el interés general es superior al particular de la fuente de donde proviene", dice el capítulo sobre fuentes de información.
Esta directriz se suma a otra que obliga a tener apoyo material suficiente para contrastar toda la información que se publica para evitar difundir rumores: "Los datos que ofrecemos tienen que ser ciertos y comprobables, obtenidos a través de las fuentes adecuadas y con el apoyo del material documental necesario".
Es decir, si un periodista tiene una información contrastada y con apoyo documental y considera que es de interés general, su obligación profesional es publicarla.
Los miembros del govern de la Generalitat tienen la obligación de evitar que transciendan sus deliberaciones antes de que se hagan públicas de manera oficial. En este sentido, la Ley de la Presidencia de la Generalitat y del Govern incluye el deber de secreto de sus miembros:
Artículo 30. Deber de secreto
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